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Legalidad con paz

Juan Ospina
14 de octubre de 2018 - 09:24 p. m.

Ante la Asamblea General de Naciones Unidas el Presidente de la República anunció, hace dos semanas, que la paz “requiere ser construida con el imperio de la ley”. Este pronunciamiento es importante porque constituye un reconocimiento a la subordinación al ordenamiento jurídico, que le da origen a sus facultades, incluyendo la aceptación de cumplir el Acuerdo Final.

El pasado 24 de septiembre la Corte Constitucional publicó la sentencia C-630 de 2017, anunciada desde el 11 de octubre de 2017, mediante la cual da a conocer sus consideraciones para declarar la exequibilidad de la reforma constitucional que da estabilidad y seguridad jurídica al Acuerdo (acto legislativo 2 de 2017).

En esta decisión, la Corte aclara que “a partir de ese acto legislativo el Acuerdo se adopta como política de Estado, de manera que todos los órganos, instituciones y autoridades del Estado, se encuentran comprometidos con su desarrollo e implementación de buena fe, y por tanto, cualquier desarrollo del mismo debe tener por objeto su cabal cumplimiento y guardar coherencia con sus contenidos, finalidades, espíritu y principio”.

En esa medida, lo que requiere la paz para consolidarse es la sumisión a la ley por parte de las autoridades que deben reconocer que, más allá de sus diferencias políticas con el Gobierno anterior o con el proceso de paz, deben cumplir con el contenido del Acuerdo respetando y desarrollando su implementación.

En los términos de la Corte, el Acuerdo como política de Estado “incluye medidas de transición hacia la paz de tipo penal, político, social, económico y cultural, de derechos de las víctimas, de seguridad ciudadana, que conllevan los cambios estructurales necesarios de las causas que dieron origen al conflicto interno para su finalización y garantías de no repetición” y agrega “Todos estos aspectos tienen un valor estratégico, pues no dependen de los variables dinámicas de la actividad política.”

Así pues, considerando que la paz es un presupuesto para la realización de los derechos humanos y que el principio de legalidad es un eje estructural de la Constitución que limita el ejercicio del poder público, se tiene que uno de los desafíos para alcanzar la “paz con legalidad” es que la legalidad sea el camino para consolidar la paz, lo que dicho de otra forma, significa que las normas de implementación del Acuerdo deben ser coherentes con su contenido y finalidad, y que las “disposiciones posteriores no pueden contradecir las expedidas con anterioridad sobre las cuales existe una razonable pretenIván Duquesión de intangibilidad [que no debe o puede tocarse]”.

A partir de estos elementos, respetando la Constitución y la ley, el Gobierno nacional debe producir normas y políticas que implementen de buena fe el Acuerdo, eligiendo los medios más apropiados para ello, y realizar los mejores esfuerzos para cumplir con lo pactado, respetando la integralidad del Acuerdo y evitando la regresividad.

Por esta razón, el Gobierno nacional debe trabajar en respeto por el principio de legalidad para construir la paz y, a su vez, respetar la paz para fortalecer la legalidad. Si no se entiende el sentido de la expresión “paz con legalidad” no se entenderá que el único camino para ello es respetar la legalidad con paz.

 

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