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La memoria de la UP no es negociable

José Antequera
16 de mayo de 2018 - 07:30 p. m.

No tendría ningún sentido que un futuro informe del Centro Nacional de Memoria Histórica sobre la Unión Patriótica desconociera el núcleo de lo que ha sido la voz de las víctimas en un proceso de exigencia de verdad, justicia y reparación que ya completa más de dos décadas: la denominación de la violación sistemática de nuestros derechos como genocidio político.

Debido a la inminencia de ésta posibilidad, Aida Avella ha divulgado un comunicado frente al que expreso también mi posición. Hay que recordar aquí, con todo el respeto por el trabajo del CNMH, que su carácter como institución no está basado en un mandato de esclarecimiento en abstracto. Su función, distinta de la de cualquier centro de investigación público o privado, así como la de la Fiscalía o la Comisión de la Verdad, se enmarca en los objetivos de garantía y satisfacción de la Ley 1448 de 2011 teniendo expresamente prohibido constituirse en el emisor de una memoria sustitutiva del relato que defienden las víctimas sobre su propia experiencia.

Con esto no estoy afirmando que la única memoria válida sea la que proviene del testimonio o del dicho de las víctimas, de ninguna manera. Es cierto que la memoria tiene que ser un campo democrático de discusión permanente. Pero si algo significa la prohibición de la memoria o historia oficiales que establece la Ley 1448 en su artículo 143, es que los recursos públicos de funcionamiento del CNMH como entidad encargada del cumplimiento del Deber de Memoria del Estado no pueden ser usados para éste funcione como un think tank a favor de los intereses del mismo Estado o del gobierno, particularmente frente a litigios abiertos como la que se lleva con la UP actualmente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Para las víctimas y sobrevivientes de la Unión Patriótica, el término genocidio no es un capricho que busque magnificar gratuitamente y de manera poco rigurosa las violaciones que hemos sufrido. Recogiendo los planteamientos de Rafael Lemkin, hemos dicho que la única manera de legislar y actuar en consecuencia hacia el futuro frente a una criminalidad que no fue esporádica ni accidental, ni otro daño colateral de la confrontación armada, es llamándola con ese término que en el Derecho Internacional implica el motivo, la gravedad, la sistematicidad, la deliberación y la ofensa a la humanidad que supone su ejecución. Además, hemos sido conscientes de que la Convención Internacional para Prevenir y Sancionar el delito de genocidio no incluye la categoría “político”, pero hemos demostrado que son esas las características de lo ocurrido con la Unión Patriótica en Colombia de modo que nuestro Código Penal sí la incluye, de la misma manera que lo están haciendo diferentes sentencias recientes en Latinoamérica al evaluar los procesos de violación grave y sistemática de derechos humanos.

Que un informe del CNMH sustituyera nuestra voz como lo advierte Aida Avella, tendría varias implicaciones inmediatas, insisto, porque no se trata de cualquier centro de investigación, ni de un órgano judicial, ni de una ONG. Sería una sustitución de la voz de las víctimas de la UP que se dice dignificar con respecto a la pedagogía del conflicto a nombre de una supuesta reparación a favor nuestro, sin haber contado con nuestra participación. Sería además una intervención en el proceso abierto ante la Corte Interamericana donde está en discusión en este momento precisamente la naturaleza de la responsabilidad del Estado y el consecuente modelo de reparación. 

Por estas consideraciones respaldo el pedido de Aida Avella a nombre de la Unión Patriótica. Pido al CNMH se abstenga de publicar un informe sobre la UP.

 

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