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Sí al plebiscito

Con el umbral del 13 %, restricciones a la participación de funcionarios públicos en la campaña y el carácter vinculante para el presidente de lo que decidan los colombianos, se refrendará el acuerdo final de paz.

Redacción Politíca
19 de julio de 2016 - 03:49 a. m.
La magistrada María Victoria Calle, presidenta de la Corte Constitucional, durante la lectura del fallo. La acompaña el magistrado Luis Ernesto  Vargas, ponente de la decisión.  / / Cristian Garavito
La magistrada María Victoria Calle, presidenta de la Corte Constitucional, durante la lectura del fallo. La acompaña el magistrado Luis Ernesto Vargas, ponente de la decisión. / / Cristian Garavito
Foto: CRISTIAN GARAVITO

Como estaba anunciado, la Corte Constitucional le dio vía libre ayer al plebiscito por la paz, lo que implica que, una vez se firme el acuerdo final, los colombianos serán citados a las urnas para decidir si aprueban o no lo pactado entre el gobierno Santos y las Farc, con todos sus componentes. El alto tribunal determinó que la ley estatutaria para convocar al plebiscito no incurrió en errores de forma en su trámite en el Congreso y que es el instrumento adecuado para refrendar el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

Tras más de ocho horas de debate y sin mayores explicaciones, la presidenta de la Corte Constitucional, María Victoria Calle, detalló que el alto tribunal consideró que el título se ajustaba a derecho con una sola condición: que se entendiera que el acuerdo final es una decisión política “y la refrendación a la cual alude el proyecto de ley no implica por sí mismo una incorporación de lo acordado en el articulado de la Constitución, ni en el ordenamiento jurídico colombiano”. Es decir, que las reformas que se deriven de los acuerdos de paz tienen que tramitarse de conformidad con las normas establecidas, es decir, a través del Congreso. El plebiscito no obvia este camino democrático.

En cuanto a las reglas especiales del plebiscito, la Corte mantuvo la modificación del umbral del 13 % del censo electoral vigente –algo más de 4,5 millones de votos– como el mínimo requerido para que alguna de las partes triunfe. Es decir, cuando el sí o el no alcancen dicho número de votos, se considerará que se ha cumplido con la cuota de participación. En ese sentido, la magistrada Calle señaló que es un umbral razonable y adecuado al principio democrático del plebiscito, que entre otros aspectos, no tiene una norma que determine cuál es el umbral específico. 

Tal como se había advertido en la ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, la Corte Constitucional dejó en claro que en la campaña por el plebiscito no se podrán incorporar contenidos que promuevan un partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, o que se relacionen con la promoción de candidaturas de ciudadanos a cargos de elección popular. Lo anterior significa que las campañas deben limitarse a apoyar o no el acuerdo final entre el Gobierno y las Farc, sin asociarlo a otras causas políticas o electorales.

En cuanto al carácter vinculante del plebiscito, el alto tribunal resaltó que solo aplica para el presidente de la República. Lo que indica que de ganar el sí, el camino del Ejecutivo no es otro que promover las reformas inherentes a los acuerdos suscritos con las Farc. De ganar el no, el jefe de Estado quedaría impedido para controvertir la voluntad de los colombianos, lo que en términos prácticos sería un golpe contundente a las negociaciones de paz de La Habana. Al menos el presidente quedaría inhabilitado para impulsar cualquier propuesta en contravía de lo decidido por los votantes en las urnas.

Sobre la divulgación del acuerdo final y otros aspectos referentes a la publicidad y estrategias de socialización, la Corte Constitucional observó que “la publicación del acuerdo final se realizará simultáneamente con la presentación del informe del presidente de la República al Congreso acerca de su intención de convocar a un plebiscito, con el fin de que el Congreso y el pueblo puedan conocer oportunamente el contenido de lo acordado”.

Por lo demás, ayer trascendió que fue un debate intenso en la Corte Constitucional, que no hubo consenso en algunos artículos de la ley estatutaria que solo se aprobaron en votación apretada y que cada objeción quedará consignada en siete salvamentos de voto. El plebiscito se remitirá a un interrogante inequívoco. Acerca del debate de si los funcionarios públicos podrán participar abiertamente en las campañas en favor o en contra del acuerdo final suscrito por Gobierno y Farc en La Habana, la Corte dejó el articulado intacto, es decir, que podrán participar con múltiples restricciones.

Conocido el fallo de la Corte Constitucional, el presidente Juan Manuel Santos se pronunció para recalcar que el plebiscito fue su promesa desde el inicio del proceso de paz y que lo hizo como un deber, pues la paz se construye entre todos. En tal sentido, manifestó que el punto de partida ahora será la votación popular para aprobar los acuerdos de paz. Sin embargo, aclaró que así como la premisa de la negociación es que “nada está acordado hasta que todo esté acordado”, cuando este punto se dé, convocará al plebiscito.

“Y cuando todo esté acordado, convocaré al plebiscito en los términos señalados por la ley y se publicará el texto completo del acuerdo final”, insistió el primer mandatario, quien agregó que se hará una gran pedagogía para que todos y cada uno de los ciudadanos estén enterados de lo que se acordó y para que decidan libremente, a conciencia y bien informados, si lo apoyan. El presidente exaltó que en la cercanía del acuerdo final se haya dado luz verde a que sean los colombianos los que aprueben con su voto los acuerdos de paz.

Aprobado el plebiscito, con seguridad este miércoles 20 de julio que se instalan las sesiones ordinarias del Congreso, será uno de los temas fundamentales abordados por el primer mandatario. Además, desde ayer mismo, una vez se conoció el sentido de la sentencia proferida por la Corte Constitucional, comenzaron las manifestaciones de los distintos partidos y movimientos políticos, unos para cuestionar aspectos del fallo y otros para anunciar su disposición a iniciar campaña por el sí en el plebiscito que pronto será una realidad.

“Lamento que no se les pregunte a los colombianos si quieren o no que culpables de masacres o secuestros no paguen un solo día de cárcel”, comentó por ejemplo en su cuenta de Twitter el dirigente del Centro Democrático, Carlos Holmes Trujillo. En contraste, el senador del Polo Democrático Jorge Robledo manifestó en la suya: “Lo que se votará en el plebiscito no es si nos gusta el gobierno de Santos, sino si respaldamos desarmar en el corto plazo a las Farc”.

En conclusión, la Corte Constitucional le trazó el camino a la mesa de diálogos de La Habana respecto a cuál debe ser el mecanismo para que los colombianos refrenden los acuerdos. Ahora la expectativa se centra en cuál será la reacción de las Farc, que desde un principio rechazaron el plebiscito como instrumento, aunque el 23 de junio —cuando las partes acordaron silenciar los fusiles— señalaron que aceptarían el mecanismo de participación que avalara la Corte Constitucional.

Por Redacción Politíca

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