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Dudas y certezas sobre el inventario de bienes de las Farc

Columnista invitado
04 de septiembre de 2017 - 02:28 p. m.

Por: Camilo Burbano*

La verdad sobre las escobas que critica el Fiscal General del inventario de bienes de las FARC y los lingotes de oro que resaltan los jefes guerrilleros, entre lo que Néstor Humberto Martínez llama irrelevante y una suma cercana al billón de pesos, puede ser un punto intermedio que pasa por zonas grises de carácter político y jurídico. Sin embargo, es muy pronto para saberlo.

Sobre lo político, hay que resaltar que este inventario es el primer y más importante acto de reparación económica a las víctimas de un conflicto que nos ha costado más de 50 años. Pero solo la seriedad y transparencia con que las FARC hayan realizado el listado mostrará la voluntad real de resarcir los daños causados. También está en juego su proyecto político. Si se demuestra que no relacionaron la totalidad de sus bienes se estarían haciendo un harakiri político antes de empezar. A lo que se suma, el debate sobre la financiación de su movimiento. No se puede permitir que una campaña electoral se financie con dineros ilícitos, por eso, si las FARC ocultan bienes, estarían lesionando gravemente la democracia a la que se quieren incorporar.

Lo jurídico es un terreno más pantanoso. Aunque se critique que el listado incluya elementos de poco o ningún valor, en realidad se está cumpliendo con lo pactado. En el Acuerdo de Paz, la entrega de bienes para reparar a las víctimas no es claro. Solo en algunos párrafos las FARC se comprometen a “inventariar todo tipo de bienes y activos incluidos en lo que se ha venido denominando recursos para la guerra e informar sobre los mismos”. Y todo es todo, lo relevante económicamente y lo que no lo es.

Tampoco puede perderse de vista que muchos de estos bienes se adquirieron de  manera ilícita en el contexto de un conflicto armado, por lo que no es posible –o no en todos lo casos– exigir que entreguen matrículas inmobiliarias, escrituras o títulos de propiedad. Las FARC tienen razón al incluir “activos” que a juicio del Fiscal son insubstanciales y en no aportar algunos requisitos formales de los bienes. Pero eso no las exime de identificarlos de la mejor manera y garantizar su entrega. Por otro lado, hay varios ítems del listado que no se pueden tener en cuenta para reparar a las víctimas, porque no son monetizables, como las escobas, o no se pueden entregar como carreteras y armas. En esto, el Fiscal tiene razón. 

El Gobierno ha expedido dos decretos relacionados con la entrega de bienes de las FARC (Decretos 903 y 1407), los cuales, palabras más, palabras menos, crean el Fondo de Víctimas donde van a ir a parar y que administrará la Sociedad de Activos Especiales (SAE) que remplazó a la cuestionada Dirección Nacional de Estupefacientes. También crean la Comisión Transitoria de Verificación y Apoyo, que integran varias entidades estatales y cuya misión es asegurar “el apoyo técnico, administrativo y financiero al administrador de dicho patrimonio en el proceso de recepción material, verificación, custodia y administración de los bienes incluidos en el inventario”.

Así las cosas, solo cuando la SAE y la Comisión de Verificación y Apoyo adelanten su labor, será posible saber con algún grado de certeza qué contiene el inventario y su utilidad para reparar a las víctimas. Por ahora, cualquier señalamiento sobre la verdad del listado resulta inoportuno y apresurado.

Lo más grave sería, jurídicamente hablando, el incumplimiento por parte de las FARC frente a su obligación de entregar los bienes para la reparación. Y aquí, de nuevo, hay más dudas que certezas. En el acto legislativo que crea la JEP parece estar claro que cuando se cometa un delito con posterioridad a la firma del acuerdo, éste deberá ser conocido por la justicia ordinaria, lo que incluye los bienes no declarados de las FARC, como por ejemplo, el lavado de activos. Además, esos recursos podrían ser objeto de la acción de extinción de dominio.

Si, en cambio, se trata de un delito que se viene realizando con anterioridad de la firma del Acuerdo y después, éste sería tramitado por la JEP pero los involucrados perderían algunos beneficios. En concreto, se les aplicará las sanciones más drásticas establecidas en esa jurisdicción –hasta 20 años de prisión–, siempre y cuando los magistrados consideren que ese delito implica un “incumplimiento a las condiciones del Sistema”, lo que quiera que eso signifique.

Sin embargo, existen algunos puntos de los que nada se dice, por ejemplo, el tratamiento que recibirán los bienes “personales” de los miembros de las FARC. En principio, quien causa un daño debe responder incluso con su propio patrimonio. ¿Qué pasaría si se descubren activos en cabeza de los miembros de ese grupo o de testaferros, que no hayan sido incluidos en el inventario porque ellos los consideran bienes particulares? 

El acto legislativo menciona que no contribuir con la verdad y la reparación tiene como consecuencia perder los tratamientos especiales de la JEP. ¿Eso implica exclusión de la Jurisdicción Especial?, ¿pérdida de beneficios?, ¿aplicación de sanciones más severas?, ¿la posibilidad de ser extraditado? Desafortunadamente, el proyecto de ley estatutaria que hoy pretende regular la JEP no habla de estos temas, desperdiciando la que tal vez sea la última oportunidad de clarificar y prevenir futuros inconvenientes.

Frente a este panorama, lo mejor que pueden hacer las FARC y las instituciones que de una u otra forma están involucradas en la entrega de los bienes, es actuar de la forma más diligente y prudente posible. Si la entrega ocurre como debería, es un “gana-gana” para todos: el proceso de paz gana legitimidad, las FARC credibilidad y el Gobierno algo de oxígeno. Pero lo más importante, las víctimas ganan la posibilidad de tener una reparación digna y acorde al sufrimiento que han padecido.

* Investigador asociado de la Fundación Ideas para la Paz, FIP

 

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